QUIENES SOMOS?

H.I.J.O.S. (Hijos e Hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio) es una agrupacion creada en 1.995, a partir de la necesidad de juntarnos, reconociendonos en las historias comúnes, reivindicar la lucha de nuestros padres y sus compañeros, buscar a nuestros hermanos apropiados, luchar contra la impunidad. A más de 15 años seguimos luchando por la cárcel común, perpetua y efectiva para todos los genocidas de la última dictadura militar, sus cómplices, instigadores y beneficiarios.

miércoles, 24 de febrero de 2010

Comunicado de Prensa

En el día de ayer y antes de iniciarse la segunda semana en el Juicio Oral que se lleva adelante a los genocidas tucumanos por la existencia de un Centro Clandestino de Detención, los jueces Jiménez Montilla, Casas y Curi dictaron una resolución, mediante la cual se hicieron eco del pedido de Organismos de Derechos Humanos, familiares y querellantes en este juicio.
De esta manera modificaron su postura inicial y establecieron que: "atento a que en el día de la fecha comparecerá como testigo Francisco F. Apaza, de muy avanzada edad, padre de Carlos Román Apaza-presunta víctima en estos autos-el tribunal considera: Que por las características del presente juicio se torna necesario efectuar una interpretación armonizante del derecho de defensa y del derecho de las presentas víctimas por hechos que configurarían delitos de lesa humanidad, en tanto se trata de una tarea inherente a la labor de todo tribunal de justicia.
(...)Al constituir el derecho de defensa en juicio una de las garantías medulares de nuestro sistema de enjuiciamiento penal, resulta necesario establecer cuales son los límites en su ejercicio, en el entendimiento de que éste, como todos los derechos, no reviste carácter absoluto y como tal debe ser compatibilizado con el ejercicio de otros derechos reconocidos y establecidos en nuestro sistema de garantías.En este sentido se advierte que el testigo Apaza y otros que comparecerán a este juicio revisten a su vez el carácter de presuntas víctimas. Esta circunstancia requiere un tratamiento procesal particularizado en la medida en que se repara en las características propias de las causas en juzgamiento -se ventilan presuntos delitos de lesa humanidad-, especialmente cuando se trata de testimonios que constituyen materia de prueba para arribar a un veredicto".
El Tribunal recoge lo establecido por la Declaración sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 40/34, del 29 de noviembre de 1985 y el Art. 13 de la Convención Contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1.984, firmada por el gobierno argentino el 4 de Febrero de 1.985 y con jerarquía constitucional según Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional).
Por lo que resolvió disponer que en lo sucesivo los imputados reconduzcan las preguntas a los testigos a través de los abogados defensores en el carácter de legítimos representantes tutelares de los acusados (Art. 389 del C.P.P.N.).
A la vez que estableció que el ejercicio de la facultad prevista en el Art. 380 del C.P.P.N. en cuanto reconoce a los imputados la posibilidad de efectuar las declaraciones que consideren oportunas siempre que se refieran a su defensa, podrán realizarse una vez que se retiren de la sala de audiencia los testigos que prestaron declaración en tal carácter, en tanto de ese modo se equilibran los derechos que se reconocen a las partes en los procesos penales.

H.I.J.O.S. Tucumán
(Hijas e Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio)
FA.DE.TUC.
(Familiares de Desaparecidos de Tucumán)
A.N.D.H.E.S.
(Abogados y Abogadas del Norte Argentino por los Derechos Humanos y Estudios Sociales)
A.P.D.H. Tucumán
(Asamblea Permanente por los Derechos Humanos)
Asociación Madres de Plaza de Mayo - Filial Tucumán

Asociación de Ex Presos Políticos de Tucumán
Mesa Permanente por el Juicio y Castigo

1 comentario:

Una ley operativa es necesaria

Por María Julia Albarracín

En el avance de las causas por delitos de Lesa Humanidad cometidos durante la última dictadura militar persiste la necesidad de garantizar la protección de testigos, querellantes, abogados y militantes de organizaciones sociales. En este camino desaparecieron Julio López, hecho aberrante que tuvo la clara intención de amedrentarnos. Esto adquirió la atención de la clase política, que recurre al intento de adaptar la "Ley Nacional 25.764", denominada "Programa de Protección a testigos e imputados", creada para garantizar la seguridad de testigos de delitos vinculados al crimen organizado y al narcotráfico. Esta es la ley que se viene aplicando a personas que guardan en sus testimonios historias de lucha por reconstruir la memoria de todos los argentinos, quienes no tienen intención de ocultarse ante las amenazas, son víctimas pero no han sucumbido.

Tucumán, sancionó en 2.006 la ley 7.860, que crea el "Departamento de Protección de Testigos" en el ámbito del Poder Ejecutivo. Es una norma general que está a la espera de ser reglamentada por el Gobernador y de una partida presupuestaria que la ponga en marcha.

El panorama es complejo y la ley no ha sido el marco para resolver situacions de amenazas enTucumán, sin embargo la ausencia legal no nos ha detenido en la marcha de este juicio que se avecina, lo que es una gran ,muestra de fortaleza, de esperanza y el resultado de la perseverancia en la búsqueda por la verdad, el juicio y el castigo.



JUICIO Y CASTIGO

Contamos con un area de Legales, Investigacion y Comunicacion que se avoca exclusivamente al trabajo de enjuiciar a los represores. Investigamos para construir la verdad historia y aportar pruebas judiciales que nos permitan condenar a los imputados de los delitos de lesa humanidad en nuestra provincia. En este trabajo confluyen dos lineamientos generales de la organización: la reconstrucción histórica y el juicio y castigo. Entendemos que estos comlejos procesos judiciales deben ser acompañados de una fuente política de comunicación, para lo cual trabajamos elaborando distintos productos y propuestas. Si querés contactarte con nosotros para aportar información o realizar alguna consulta vinculada con estos trabajos escribinos a: hijostucuman@yahoo.com